El artículo 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) permite a:
- Productores de artes escénicas, música en vivo o productores audiovisuales: ceder las deducciones fiscales que les corresponden por ley para obtener financiación (o bien aplicárselas ellos mismos para reducir el IS/IRPF a pagar).
- Empresarios/autónomos de cualquier sector: financiar un proyecto cultural y obtener un 120 % de ahorro fiscal sobre su aportación.
Pero para aprovechar este mecanismo, tanto los productores de artes escénicas, música en vivo, o productores audiovisuales como los financiadores deben cumplir una serie de requisitos.
¿Cómo saber si tus clientes los cumplen?
Muy fácil: utilizando este checklist que hemos preparado en Proincentiva.
Un checklist que te permitirá detectar en 5 minutos si los clientes de tu asesoría (tanto productores culturales como empresarios/autónomos) pueden beneficiarse del art. 39.7 LIS.
Y al final del artículo te contamos cómo puedes ofrecerles este servicio a tus clientes y ayudarles a generar más ingresos o reducir su carga fiscal… sin asumir ningún riesgo ni carga de trabajo extra. 😉
Pero empecemos por el principio.
NOTA: si quieres profundizar, en este artículo te explicamos cómo funciona el art. 39.7 LIS.
[CHECKLIST PRODUCTORES] Cómo saber si un productor cultural puede ceder sus deducciones culturales (y obtener financiación a cambio)
Mediante el mecanismo del art. 39.7 LIS, los productores de espectáculos en vivo o proyectos audiovisuales pueden recuperar hasta el 13-19 % de sus costes de producción (según el tipo de producción).
Pero para beneficiarse de este mecanismo, deben cumplir los siguientes requisitos:
#1. ¿Es un proyecto audiovisual o de artes escénicas español?
El mecanismo del art. 39.7 LIS es exclusivo para proyectos:
- Audiovisuales: cine, series o animación.
- De artes escénicas o música en vivo: espectáculos en vivo de música, lírica, danza, teatro o circo.
Además, deben ser producciones españolas.
#2. [Si es un espectáculo en vivo] ¿Es un evento identificable?
Solo podrán acceder a este mecanismo fiscal los espectáculos en vivo identificables. Es decir, que:
- Se han celebrado en unas fechas y espacio concretos.
- Existe material promocional específico que acredite su realización.
- El espectáculo constituye el centro de la experiencia.
En este otro artículo te explicamos en detalle qué eventos son elegibles para aplicar la deducción.
#3. ¿Tu cliente es el productor cultural del proyecto?
Para acceder a este incentivo fiscal, tu cliente debe ejercer como productor cultural del proyecto. Eso significa que:
- Asume el riesgo operativo.
- Soporta los costes directos de producción (las facturas y contratos están a su nombre).
Este concepto suele generar confusión; por eso aquí tienes un artículo sobre las diferencias entre productor, promotor y exhibidor cultural.
#4. ¿Tu cliente puede obtener el certificado del INAEM/ICAA?
El productor cultural debe cumplir los requisitos para obtener el certificado del:
Estos certificados son obligatorios para beneficiarse del mecanismo del art. 39.7 LIS.
[CHECKLIST FINANCIADORES] Cómo saber si un empresario/autónomo puede financiar un proyecto cultural y obtener un 120 % de deducción
Las empresas y autónomos de cualquier sector pueden invertir en un proyecto cultural y deducirse el 120 % de su aportación.
Es decir:
Si tu cliente invierte 100.000 €, generará 120.000 € de ahorro fiscal.
Pero para ello, deben cumplir 2 requisitos:
#1. ¿Existe una previsión de cuota positiva en el IS/IRPF?
El mecanismo del art. 39.7 LIS está dirigido a empresas y autónomos que hayan generado beneficios y tengan que pagar impuestos sobre esos beneficios.
Por eso, lo primero a valorar es si tu cliente dispone de suficiente cuota íntegra en el Impuesto sobre Sociedades o en el IRPF (según corresponda) para aprovechar este mecanismo.
#2. ¿Tu cliente dispone de liquidez para realizar la operación?
Además de tener suficiente cuota íntegra, la empresa/autónomo también debe contar con la liquidez necesaria para financiar el proyecto cultural.
NOTA: si tu cliente lo necesita, podemos ayudarle a obtener financiación bancaria a un tipo de interés muy bajo, y que así pueda realizar esta operación.
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Entra y descubre nuestra nuestra calculadora de ahorro fiscal.
Solo tienes que indicar los beneficios o la cuota íntegra esperada, y nuestra calculadora te dirá:
- La aportación óptima que debería realizar tu cliente.
- El ahorro fiscal exacto que podría obtener.
Aquí te explicamos en detalle cómo funciona:
¿Quieres ofrecerles este servicio a tus clientes? Desde Proincentiva podemos ayudarte
Proincentiva es una firma legal especializada en la estructuración de deducciones fiscales culturales.
Colaboramos con asesorías y gestorías que quieren ayudar a sus clientes (tanto productores culturales como empresas y autónomos) a beneficiarse del artículo 39.7 LIS sin asumir costes, riesgos ni carga de trabajo adicional.
Pero ¿por qué colaborar con nosotros?
- Mantienes la relación con tus clientes: nuestra labor se limita a gestionar la estructuración de las deducciones culturales. Tú sigues siendo su asesoría/gestoría de confianza.
- Generas una nueva línea de ingresos recurrentes: recibes honorarios por cada operación cerrada; también si tus clientes vuelven a trabajar con nosotros en ejercicios posteriores.
- Modelo llave en mano: gestionamos el 100 % del proceso legal, fiscal y documental. Tú no tienes que hacer nada.
- Mecanismo 100 % regulado: estas operaciones están reguladas por la normativa fiscal, certificadas por el Ministerio de Cultura y comunicadas a la Agencia Tributaria.
- Máxima seguridad para tus clientes: nuestro equipo está compuesto por expertos en las deducciones fiscales culturales (somos una filial de Vegas Legal, un despacho de abogados con vasta experiencia en derecho fiscal). Conocemos muy a fondo este mecanismo y sabemos cómo blindar cada operación a nivel fiscal y legal, para que tus clientes puedan aprovecharlo con las máximas garantías legales. De hecho, esta labor nos ha valido el reconocimiento del Ministerio de Cultura.
Además, en Proincentiva trabajamos a éxito (nuestros honorarios son una parte de la financiación que ayudamos al productor cultural a obtener).
Por eso puedes tener la tranquilidad de que nuestros objetivos están alineados; porque nosotros solo ganamos si tu cliente también gana.
En este vídeo te explicamos cómo funciona nuestro modelo de colaboración.
Colabora con Proincentiva: Ahorro Fiscal en IS e IRPF 100% Legal (Art. 39.7 LIS)
Pero lo mejor es que agendes una reunión gratuita con nuestro equipo.
En la reunión te explicaremos cómo puedes ayudar a tus clientes a ahorrar dinero mediante el 39.7 LIS.
Y si tienes alguna duda, escríbenos a través de este formulario.
