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Desde el año 2021, una modificación en la normativa fiscal, impulsada por el Ministerio de Cultura y la Agencia Tributaria, busca incentivar el sector artístico y cultural en España mediante la participación del sector privado (autónomos y empresas). Esta normativa otorga incentivos fiscales a productores de eventos, espectáculos y producciones, permitiéndoles obtener una deducción fiscal basada en los costes soportados.
Este sistema, similar al ya existente con anterioridad en el sector audiovisual (cine, series y documentales), ahora incluye a productores y promotores de eventos culturales, musicales, de artes escénicas, teatro y circo, quienes también pueden beneficiarse de estas deducciones fiscales.
Con esta modificación, los incentivos fiscales están disponibles para una amplia variedad de eventos y espectáculos. Los organizadores, promotores o productores pueden optar por aplicar una deducción en su Impuesto de Sociedades o IRPF, o cederla a terceros para obtener ingresos adicionales en función de los costes incurridos en sus eventos y espectáculos.
A través de esta nueva normativa fiscal, los productores de eventos, espectáculos y producciones audiovisuales tiene tres opciones para usar estas deducciones fiscales:
Estas deducciones fiscales se encuentran reguladas en los artículos 36.1, 36.3 y 39.7 de la nueva Ley de Impuesto sobre Sociedades, que establecen beneficios fiscales para cualquier empresa o autónomo que apoye proyectos culturales, audiovisuales y de artes escénicas. Se trata de un régimen fiscal que busca mejorar la financiación del sector cultural, fomentando la participación del sector privado.
Por tanto, estamos ante una de las estrategias más interesantes y efectivas de monetización y rentabilización de gastos disponibles actualmente en la normativa tributaria, que permite generar ingresos adicionales.
Si eres un organizador, productor o promotor involucrado en la organización de espectáculos, eventos o producciones como:
Conciertos, Fiestas populares, Música en Vivo, Orquestas, Musicales, Teatro, Circo, Festivales de música, Festivales de danza y baile, Discotecas con DJs en vivo, Artes escénicas o Espectáculos en vivo, Proyectos audiovisuales, Cine, Series, Documentales, Animación...
La comercialización de deducciones fiscales puede ser una opción altamente rentable. Esta estrategia permite convertir tus gastos en una fuente de financiación e ingresos adicionales.
Desde el año 2021, una modificación en la normativa fiscal, impulsada por el Ministerio de Cultura y la Agencia Tributaria, busca incentivar el sector artístico y cultural en España mediante la participación del sector privado (autónomos y empresas). Esta normativa otorga incentivos fiscales a productores de eventos, espectáculos y producciones, permitiéndoles obtener una deducción fiscal basada en los costes soportados.
Este sistema, similar al ya existente con anterioridad en el sector audiovisual (cine, series y documentales), ahora incluye a productores y promotores de eventos culturales, musicales, de artes escénicas, teatro y circo, quienes también pueden beneficiarse de estas deducciones fiscales.
Con esta modificación, los incentivos fiscales están disponibles para una amplia variedad de eventos y espectáculos. Los organizadores, promotores o productores pueden optar por aplicar una deducción en su Impuesto de Sociedades o IRPF, o cederla a terceros para obtener ingresos adicionales en función de los costes incurridos en sus eventos y espectáculos.
A través de esta nueva normativa fiscal, los productores de eventos, espectáculos y producciones audiovisuales tiene tres opciones para usar estas deducciones fiscales:
Estas deducciones fiscales se encuentran reguladas en los artículos 36.1, 36.3 y 39.7 de la nueva Ley de Impuesto sobre Sociedades, que establecen beneficios fiscales para cualquier empresa o autónomo que apoye proyectos culturales, audiovisuales y de artes escénicas. Se trata de un régimen fiscal que busca mejorar la financiación del sector cultural, fomentando la participación del sector privado.
Por tanto, estamos ante una de las estrategias más interesantes y efectivas de monetización y rentabilización de gastos disponibles actualmente en la normativa tributaria, que permite generar ingresos adicionales.
Si eres un organizador, productor o promotor involucrado en la organización de espectáculos, eventos o producciones como:
La comercialización de deducciones fiscales puede ser una opción altamente rentable. Esta estrategia permite convertir tus gastos en una fuente de financiación e ingresos adicionales.
1
Un productor realiza un evento que le ha costado esta inversión:
Caché artistas: 150.000€
Gastos técnicos: 100.000€
Promoción: 50.000€
Coste total: 300.000€.
2
Después de finalizar el evento, el productor comercializa parte de la deducción fiscal generada.
3
Un autónomo o una empresa "compra" parte de la deducción fiscal del productor por 36.000€.
4
Por tanto el productor recibe 36.000€ consiguiendo recuperar el 12% de su inversión o costes soportados sin que tenga que devolver nada.
Complejidad burocrática:
Se requieren auditorías, costes asociados y múltiples gestiones especializadas.
Falta de conocimiento específico:
No todas las gestorías están al tanto de estas iniciativas del Ministerio de Cultura.
Recursos limitados:
Aplicar estas deducciones requiere una infraestructura y experiencia que no todas las asesorías poseen.
Convenios con gestorías y despachos: En Proincentiva colaboramos con múltiples gestorías, ayudando a estructurar las deducciones fiscales para sus clientes. Nos encargamos de todo el proceso, desde la auditoría hasta la comunicación con la Agencia Tributaria, trabajando en conjunto con las asesorías, sin que tengas que cambiar de proveedor.
En Proincentiva, creemos en una colaboración transparente y beneficiosa para ambas partes. Por eso:
No solicitamos ningún pago inicial.
Asumimos todos los costes asociados al proceso: auditorías, gestiones burocráticas y más.
Nuestros honorarios son un porcentaje del dinero que efectivamente recuperamos para ti.
Si no recuperamos parte de tus costes, no pagarás absolutamente nada.
Recupera hasta el 13% de los gastos de tus producciones sin riesgos ni compromisos adicionales.
No se requiere ningún pago por adelantado.
Nos encargamos de todo el proceso y asumimos los costes asociados, como auditorías, notarías y trámites fiscales.
Equipo experto en deducciones fiscales culturales, enfocado en maximizar tus beneficios.
Ayudamos a optimizar tus beneficios sin aumentar tu carga laboral.
Nos coordinamos con tu gestoría actual, sin necesidad de cambiar de proveedor.
Permite crear potentes sinergias con patrocinadores y partners estratégicos.
Solo cobramos si conseguimos recuperar parte de tus costes, sin ningún riesgo financiero.
El proceso para recuperar parte de tus costes mediante la comercialización o cesión de deducciones fiscales es sencillo y eficiente. Sin embargo, es recomendable iniciarlo cuanto antes, ya que los inversores interesados en adquirir estas deducciones pueden ser limitados.
Estos son los pasos a seguir
Completa nuestro formulario de contacto con tus datos, y nos pondremos en contacto contigo para explicarte detalladamente la operativa y valorar la viabilidad de tu participación mediante un estudio personalizado de tu proyecto.
Nos encargamos de todos los trámites y gestiones burocráticas, para que no tengas que preocuparte por nada:
Una vez completados todos los trámites, procederemos a la venta o cesión de la deducción fiscal. Recibirás el importe correspondiente a la comercialización.
Transforma tus gastos en ingresos adicionales de forma sencilla y totalmente legal. Aprovecha los incentivos promovidos por el Gobierno para impulsar los proyectos culturales y reactivar la música, los espectáculos y el cine en España.
Las deducciones fiscales que gestionamos están respaldadas por el Ministerio de Cultura y la Agencia Tributaria. Esto significa que:
En Proincentiva, facilitamos el flujo de capital privado hacia proyectos culturales, promoviendo un círculo virtuoso en el que todos salimos beneficiados.
Se trata de una colaboración donde todos ganan: tú, tus proyectos, la cultura española y nosotros como facilitadores de este intercambio.
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ESTO ES LO QUE OPINAN DE NOSOTROS
Las deducciones fiscales culturales con las que trabajamos son incentivos poco conocidos tanto en el sector empresarial como en el cultural.
Para aplicar estos incentivos, es necesario contar con una especialización y dedicación completa, además de disponer de los conocimientos y recursos necesarios para gestionar la burocracia involucrada.
Es normal que una gestoría, asesoría o despacho profesional no te haya informado sobre estas deducciones, ya que no suelen formar parte de sus servicios habituales. Este tipo de deducción requiere una experiencia profunda y un enfoque especializado.
Por eso, en Proincentiva trabajamos en colaboración con numerosas gestorías, asesorías y despachos, ayudándoles a ofrecer estos beneficios fiscales a sus propios clientes.
Estas deducciones fiscales están reguladas en los artículos 36.1, 36.3 y 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. También aplican a los autónomos a través de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Existen dos maneras de canalizar las deducciones fiscales:
Estas deducciones fiscales buscan mejorar la financiación del sector cultural y fomentar la participación del sector privado.
En Proincentiva, trabajamos con ambas modalidades, permitiendo al productor optar por aplicarse la deducción fiscal directamente o comercializarla o cederla a un tercero.
En el 90% de los casos, resulta más rentable para el productor comercializar su deducción fiscal. Por esta razón, nuestra página y la mayoría de nuestra información están centradas en la comercialización de estas deducciones.
Sin embargo, en situaciones donde el productor tiene un amplio margen de beneficios, puede ser más ventajoso aplicarse la deducción fiscal. Además, esto permite aprovechar los gastos de los eventos de hasta los cuatro ejercicios fiscales anteriores, ya que las deducciones fiscales de años anteriores no pueden comercializarse.
El beneficio económico que obtienes al rentabilizar tus gastos depende de varios factores, como el sector (artes escénicas y música en vivo o audiovisual), la localización de la productora (Territorio común, o Canarias, País Vasco o Navarra), y la demanda de inversores y las condiciones específicas del mercado en ese momento.
Si eres un organizador o productor de eventos y espectáculos en vivo y artes escénicas en territorio común:
Tendrás derecho a una deducción fiscal del 20% sobre la inversión o gasto soportado en la producción de tus eventos o espectáculos, por lo que podrás comercializarla a un tercero y en general recibir unos ingresos de entre un 12% y un 13% sobre los costes soportados.
Como ejemplo concreto, si eres un organizador o promotor que ha invertido o gastado 300.000€ en un evento, al comercializar las deducciones fiscales asociadas a este gasto, podrías recibir entre 36.000€ y 39.000€.
Si eres un productor u organizador en Canarias, País Vasco o Navarra o productor audiovisual en cualquier territorio nacional:
Hay mayores incentivos fiscales, por lo que lo recomendable es que nos contactes para que nos comentes sobre tu producción, evento o espectáculo para estudiar cada caso concreto.
Cualquier organizador, productor o promotor con residencia fiscal en España, que organice eventos en los campos audiovisual, musical, de artes escénicas o teatro puede comercializar sus deducciones fiscales siempre que sea una sociedad y no un autónomo. Teniendo en cuenta que al menos el 50% de los gastos o inversiones de todas sus producciones deben realizarse en España.
Esta oportunidad permite a los productores rentabilizar sus gastos y obtener ingresos a partir de ellos.
Una amplia gama de eventos y espectáculos culturales y de artes escénicas son compatibles con la comercialización de deducciones fiscales. Esto incluye, pero no se limita a, obras de teatro, conciertos, festivales de música, festivales de baile, fiestas populares, musicales, producciones audiovisuales, cine, series, documentales, animación, actuaciones de DJ en vivo en discotecas, danza, circos y otros proyectos de artes escénicas y espectáculos en vivo.
Si tienes alguna duda acerca de la idoneidad de tu evento o espectáculo para este proceso, no dudes en consultarnos.
Para poder comercializar las deducciones fiscales y rentabilizar la inversión realizada o los gastos soportados, es necesario que el evento, espectáculo o producción ya se haya celebrado o proyectado.
No obstante, si tienes en mente la realización de algún evento cultural, de artes escénicas, música en vivo, o producción audiovisual en el futuro, te invitamos a contactarnos. De esta manera, podemos planificar con antelación la comercialización de las deducciones fiscales correspondientes.
Los gastos que generan deducciones fiscales y son aptos para su comercialización se centran en tres categorías principales:
Es importante resaltar que no todos los gastos son deducibles. Por ejemplo, el alquiler de espacios físicos no genera deducciones fiscales. Por tanto, es esencial identificar y separar los gastos que son aptos para la generación de deducciones. Además, las categorías de gastos deducibles pueden actualizarse con frecuencia, de acuerdo con los criterios de la Agencia Tributaria.
Si tienes dudas sobre la deducibilidad de ciertos gastos o necesitas más información sobre las categorías de costes que generan deducciones fiscales, no dudes en contactarnos para asesorarte adecuadamente.
En Proincentiva, trabajamos a éxito, esto quiere decir que no aplicamos ningún cargo inicial a los productores de eventos, espectáculos o producciones. No se requiere que realices ningún pago por adelantado para rentabilizar tus gastos. Nuestros honorarios se deducen únicamente de la financiación que se obtiene a través de la comercialización de las deducciones fiscales.
De esta manera, el productor no incurre en gastos adicionales ni desembolsos directos en el proceso.
Si bien no hay un límite mínimo técnico para comercializar las deducciones fiscales, en Proincentiva consideramos viable trabajar con organizadores, productores y promotores que hayan invertido, o planeen tener unos costes de un mínimo de 30.000€ en un año. Esta inversión o costes puede ser en un solo evento, espectáculo o distribuida en varias producciones a lo largo del año. Optamos por este umbral ya que nosotros asumimos los costes de gestión, auditoría, elaboración de notas legales y otros gastos administrativos asociados.
La oportunidad de comercializar las deducciones fiscales está disponible durante todo el año.
En el caso de los promotores y productores de eventos, espectáculos y producciones, las aportaciones de los inversores, que incluyen tanto a autónomos como a empresas, se reciben una vez que los eventos o producciones han concluido.
Estas aportaciones dependen de la disponibilidad y disposición de los inversores para financiar dichos eventos o producciones. Es importante recordar que el proceso se alinea con el calendario fiscal y los plazos establecidos por la normativa tributaria.
No, los inversores no adquieren una participación en el capital social ni en las acciones de las empresas de los eventos al realizar aportaciones.
La colaboración entre los inversores y los eventos es estrictamente en el marco de la cesión de deducciones fiscales, conforme a lo establecido en los artículos 36.1, 36.3 y 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
La relación se limita a una operación fiscal y no implica una inversión directa o control sobre la gestión o propiedad de los eventos culturales, de artes escénicas o producción audiovisual.
La respuesta es afirmativa. Puedes comercializar con deducciones fiscales por cada evento finalizado o producción realizada, y no hay limitación en el número de veces que puedes hacerlo.
Muchos de nuestros clientes han aprovechado esta opción de financiación, recurriendo a las deducciones fiscales año tras año.
Este enfoque permite una planificación fiscal continua y el apoyo recurrente a la cultura, maximizando los beneficios fiscales y financieros a largo plazo.