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¿Tributas por estimación directa en el IRPF? Cómo aplicarte los incentivos por invertir en cultura en tu declaración de la Renta

Escrito por Adrián Ramírez | Revisado por el equipo jurídico de Vegas Legal 

¿Sabías que, si eres autónomo y tributas por estimación directa, puedes reducir tu carga fiscal invirtiendo en cultura?

Este mecanismo está regulado por el artículo 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) y el art. 68.2 de la Ley de IRPF (LIRPF).

Y es una estrategia muy interesante porque te permite apoyar al sector cultural y, al mismo tiempo, obtener un ahorro fiscal neto del 20 % sobre tu aportación (sí, un 20 % neto; lo has leído bien). 😉

En este artículo te explicamos cómo funciona este mecanismo fiscal y todo lo que necesitas saber para aprovecharlo.

Pero empecemos por el principio…

Antes de nada, ¿qué significa tributar por estimación directa en el IRPF?

Como autónomo, solo podrás acogerte a los incentivos del art. 39.7 LIS si tributas por estimación directa en el IRPF.

Pero por experiencia (tras haber ayudado a más de 500 autónomos y empresarios a aprovechar este mecanismo fiscal), sabemos que este tema suele generar bastantes dudas.

Por eso, antes de entrar en materia, te explicamos brevemente:

  • Qué es la estimación directa.
  • Cómo saber si tú tributas en el IRPF por este método.

Vamos allá.

Estimación directa vs. estimación objetiva: ¿cómo saber por cuál tributas?

La “estimación” es el método que utiliza Hacienda para calcular el rendimiento neto que has obtenido con tu actividad económica (y, a partir de ahí, saber cuánto IRPF debes pagar en tu declaración de la Renta).

Existen dos métodos:

  1. Estimación directa: el rendimiento se calcula restando tus gastos deducibles a tus ingresos.
  2. Estimación objetiva o por módulos: el rendimiento se calcula mediante una serie de parámetros establecidos por Hacienda. Este método solo está disponible para autónomos que ejercen determinadas actividades económicas.

Para saber bajo qué método tributas, puedes consultar tus datos censales en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o el modelo 036 que presentaste al darte de alta como autónomo.

Esto es lo básico, pero ahora vamos a resolver algunas dudas frecuentes sobre este tema.

>> “He visto que existe la estimación directa ‘simplificada’ y la ‘normal’, ¿eso es importante de cara a invertir en cultura?

No, no es importante. Simplemente son dos tipos de estimación directa:

  • La estimación directa simplificada: puedes acogerte a esta modalidad si tu facturación del año anterior no supera los 600.000 €.
  • La estimación directa normal: se aplica obligatoriamente a los autónomos con más de 600.000 € de facturación anual.

Pero en ambos casos puedes beneficiarte del mecanismo del art. 39.7 LIS.

Qué es el incentivo por inversión en cultura y cómo puedes aprovecharlo (+ ejemplo con cifras reales)

Ahora que tenemos las bases claras, te explicamos cómo aprovechar los incentivos fiscales por invertir en cultura.

Lo primero que debes saber es que este mecanismo está regulado por dos artículos de la ley:

  • Art. 39.7 LIS: permite que un autónomo/empresa de cualquier sector financie un proyecto audiovisual o de artes escénicas español. A cambio, ese mismo autónomo/empresa podrá deducirse el 100 % del importe invertido más un 20 % extra.
  • Art. 68.2 LIRPF: establece que los autónomos que tributen por estimación directa podrán acceder a los incentivos del art. 39.7 LIS (entre otros).

Pero pongamos las cifras sobre la mesa.

Supongamos que inviertes 10.000 € en un proyecto cultural.

A cambio, en tu próxima declaración de la Renta podrás deducirte esos 10.000 € más un 20 % extra.

Es decir: 10.000 € + 20 % = 12.000 € de ahorro fiscal.

Y lo más importante:

Como autónomo, ese 20 % de ahorro fiscal extra que obtienes es rentabilidad neta.

Este es uno de los motivos por los que este mecanismo fiscal resulta tan interesante.

>> ¿QUIERES CONOCER EL AHORRO FISCAL REAL QUE PODRÍAS OBTENER MEDIANTE LA INVERSIÓN CULTURAL? 

Utiliza nuestra calculadora de ahorro fiscal para autónomos y empresas.

Solo tienes que introducir tus beneficios esperados o tu cuota íntegra en el IRPF, y la calculadora te indicará:

  • La rentabilidad exacta que puedes obtener mediante esta operación.
  • La aportación óptima para maximizar tu ahorro fiscal.

Aquí te explicamos en detalle cómo funciona nuestra calculadora.

Cómo me aplico la deducción fiscal que he generado con la inversión en cultura

La deducción fiscal que obtienes por invertir en cultura se aplica directamente en tu declaración de la Renta.

Concretamente debes reflejarla en el Anexo A.5 del modelo 100, que contempla las deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial.

Y quizá pienses: “De eso ya se ocupará mi gestoría”.

Pero no es tan sencillo…

¿Quieres apoyar al sector cultural y obtener un 120 % de ahorro fiscal sobre tu aportación? Nosotros podemos ayudarte

Lo que te hemos explicado es una versión muy simplificada de cómo funciona este mecanismo fiscal. Pero la realidad es un poco más compleja.

Es necesario:

  • Seleccionar un proyecto cultural que encaje contigo a nivel fiscal, para que consigas el máximo ahorro fiscal posible.
  • Estructurar toda la operación siguiendo las directrices que marca la ley.
  • Reflejar correctamente la operación en tu declaración de la Renta.

El problema con este último punto es que muchas gestorías no tienen claro cómo declarar esta inversión cultural (se trata de un mecanismo poco conocido, que requiere conocimientos fiscales y legales muy especializados para aprovecharlo).

Por eso nació Proincentiva.

Proincentiva es una filial de Vegas Legal, un despacho de abogados con amplia experiencia en derecho fiscal. Nuestro equipo se compone de abogados expertos en este mecanismo.

Esto nos permite ejercer como puente entre los autónomos y empresarios que quieren reducir su carga fiscal, y los productores culturales que buscan financiación (labor que nos ha valido el Sello de Cultura y Mecenazgo por parte del Ministerio de Cultura).

Como expertos en este mecanismo, nos ocupamos de todo por ti:

  • Analizamos tu situación fiscal y seleccionamos, dentro de nuestra amplia base de datos de clientes, el proyecto cultural más compatible contigo (para maximizar el retorno de la operación).
  • Estructuramos toda la operación según lo que marca la ley.
  • Nos ocupamos de todos los trámites necesarios (y asumimos los costes asociados).
  • En tu siguiente declaración de la Renta, nos coordinamos con tu gestoría actual (no tendrás que cambiar de gestoría ni hacer nada).

Además, todo el proceso se realiza de manera telemática (no necesitas desplazarte).

Pero lo más importante es que:

Como autónomo financiador, nuestro servicio es 100 % gratuito para ti (nuestros honorarios provienen de la financiación que recibe el productor cultural).

Si quieres saber más, puedes reservar una simulación gratuita con un experto de nuestro equipo.

O si lo prefieres, puedes contactar directamente con nosotros.

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